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Euromundo Global MADRID EDICIÓN DIGITAL    28 de abril de 2024

Asesoría Jurídica

Respuesta a consulta de un lector

Un internauta plantea la siguiente consulta al Asesor Jurídico (TodaVie), coordinador de esta página

Que pasa... si resulta que te han notificado a través de edictos???, y no te ha llegado notificación alguna a tu domicilio y no sale nada en los boletines oficiales, y ha pasado más de un año,...y  resulta que al solicitar la caducidad del expediente, te enteras que te han notificado por edicto, que estás con orden de expulsión, ¿¿¿que se debe hacer o puede hacer en estos casos???, ¿¿¿se puede recurrir??,  espero me puedan dar alguna respuesta, gracias

Respuesta a consulta de un lector

Un internauta plantea la siguiente consulta al Grupo Asesor TodaVie, coordinador de esta página

Que pasa... si resulta que te han notificado a través de edictos???, y no te ha llegado notificación alguna a tu domicilio y no sale nada en los boletines oficiales, y ha pasado más de un año,...y  resulta que al solicitar la caducidad del expediente, te enteras que te han notificado por edicto, que estás con orden de expulsión, ¿¿¿que se debe hacer o puede hacer en estos casos???, ¿¿¿se puede recurrir??,  espero me puedan dar alguna respuesta, gracias

Foro 656: Retorno voluntario

Hola. Mi mujer es extranjera y estamos regresando a su país y se ha acogido al retorno voluntario. La cuestión es que no sabemos si antes de recibir el pago del 40% podemos viajar, aunque haya que volver para cobrarlo, o si al salir de España se pierde el derecho. Muchas gracias por anticipado.

Para poder recibir el retorno voluntario, se han comprometido a no regresar a España por un periodo de tiempo determinado. Si viajan y abandonan territorio nacional antes de recibir el pago del 40% es más que probable que no puedan cobrarlo.
Por tanto, mi consejo es que esperen a que el ingreso sea efectivo antes de abandonar España. Isabel Lopez Ramos – Abogada – TODA Vie

Una figura jurídica tan recurrente y vital para la regularización de los extranjeros en España está a punto de desaparecer.

Las informaciones que, al principio eran sólo un rumor, se valoran como más que posibles en Delegación de Gobierno, que acepta que tiene los días contados.

Los letrados utilizamos un instrumento que se llama “Poder” para actuar en nombre y representación de nuestros clientes.

El más conocido es el Poder General para Pleitos, que nos permite celebrar actos de conciliación (con sus empresas, por ejemplo), comparecer ante los Juzgados de todo tipo, Laborales, Civiles, Penales, Contencioso, Económicos.

Tanto en la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero (Ley de Extranjería) como en el Reglamento de Extranjería, existe una figura que se conoce como Autorización de Residencia por Circunstancias Humanitarias.

Luxemburgo, una de las sedes del Parlamento Europeo y también su Secretaría general, emitió un comunicado de prensa hace unos días en relación con una nueva Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

A pesar de las noticias, que nos llevan a la inmigración irregular en los límites del territorio español como Ceuta y Melilla, la realidad desconocida en los medios es que se siguen produciendo detenciones e incoaciones de procedimientos sancionadores a los extranjeros que están en España sin autorización de residencia.

El pasado 5 de septiembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado la habilitación del Aeropuerto de San Sebastián (Guipúzcoa) como paso fronterizo, convirtiéndose en frontera exterior Schengen para el acceso o la salida de personas y sus equipajes desde España o para entrar en territorio español.

 

Cuando una persona o familia se traslada a España, en muchas ocasiones necesita trasladar también sus bienes inmobiliarios como puede ser su vehículo. ¿Cómo para tenerlo todo en regla?

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