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Hacienda recorta la paga extra a los pensionistas que tienen un embargo
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Hacienda recorta la paga extra a los pensionistas que tienen un embargo

  • El cambio de criterio de la Dirección General de Tributos afectaría a unos 75.000 jubilados que verían reducida la paga extra en hasta 400 euros

jueves 26 de noviembre de 2020, 00:54h

26NOV20 – MADRID.- La Dirección General de Tributos, dependiente del Ministerio de Hacienda, ha realizado un cambio por el que rebaja la paga extra de los pensionistas que están bajo un embargo, unos 75.000 jubilados de los 10 millones que hay en España, según la Seguridad Social.

El fisco aplicaba unas deducciones en la paga extra de los pensionistas embargados que a partir de ahora dejará de realizar, con lo que dicha paga extra se ha visto rebajada en hasta 400 euros. Hacienda ha apuntado que no hay una modificación en la forma de actuar, sino "la estricta aplicación legal del criterio mantenido en diversas consultas tributarias desde el año 2016 y por la propia Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social en 2018".

Fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones han explicado que "en los meses de paga extra se estaba deduciendo menos de lo que la Dirección General de Tributos dice ahora que hay que descontar. Así que los pensionistas que tengan embargada parte de la pensión este mes, algunos de ellos, cobrarán menos".

Desde el ministerio que dirige José Luis Escrivá se subraya que antes si el jubilado percibía "una pensión de importe inferior al Sueldo Mínimo Interprofesional no se embargaba nada y al llegar al mes de paga extra, tampoco. Ahora con el nuevo cambio si se aplica el embargo en la paga extra, pero en los pagos ordinarios no se hará".

"Nosotros aplicamos las normas tributarias", se defienden en la Seguridad Social. La queja por parte de algunos pensionistas en que ni Hacienda ni el Ministerio encargado de las pensiones habían informado del cambio a los jubilados que podrían estar afectados por esta reducción de la paga extra.

Fuentes del Ministerio de Hacienda han justificado la decisión al argumentar que "hay diversas consultas emitidas por la Dirección General de Tributos en los años 2016, 2017 y 2018 que establecen que los límites de embargabilidad del artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se aplican sobre la totalidad de las percepciones salariales, incluyendo también la paga extraordinaria. Además, este mismo criterio fue refrendado por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social en febrero de 2018".

Las mismas fuentes han señalado que "lo que ha sucedido en el mes de diciembre es la estricta aplicación legal del criterio mantenido en diversas consultas tributarias desde el año 2016 y por la propia Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social en 2018".

@eldiarioesEco

fuente: elDiario.es

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