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Pasos que debes seguir al recibir una herencia
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Pasos que debes seguir al recibir una herencia

domingo 22 de julio de 2018, 01:14h

22JUL18 – MADRID.- Muchas veces afrontar una herencia implica, además de los trámites administrativos, unas gestiones que implican alta emotividad provocadas por haber perdido un ser querido. Puede ocurrir que, por desgracia, a todo esto, le sigan tensiones familiares entre los legatarios sobre la distribución o el destino de los bienes que se perciban.

Vamos con un resumen de los pasos legales que hay que dar para liquidar una herencia:

Debemos obtener una serie de certificaciones

  • Certificado de defunción: se puede solicitar en el Registro Civil en el que esté inscrito el fallecimiento.
  • Certificado de últimas voluntades: se pide presencialmente en el Ministerio de Justicia.
  • Certificado de seguros con coberturas de fallecimiento: se hace por vía electrónica. Cuando la muerte sea anterior a abril del 2009 o se inscribió en un juzgado de paz hay que pedirlo de forma presencial o por correo aportando el certificado literal de defunción.

Obtención de copia autorizada de testamento

Tiene que acudir a la notaría que se indique en el de últimas voluntades a fin de solicitar una copia autorizada o compulsada del testamento. Un trámite que puede realizarse personalmente por el heredero o legatario mediante un apoderado.

Declaración de heredero

Si en el certificado de últimas voluntades se establece que el fallecido no hizo testamento, hay que acudir a una notaría para solicitar una declaración de herederos.

Esta declaración tiene que hacerse donde se haya producido el último domicilio o residencia habitual.

Inventario de bienes y deudas que componen la herencia

Aquí se busca el conocer los bienes que dejó el fallecido y la forma de repartirlos, para lo que hay que hacer un inventario donde queden establecidos los bienes que forman parte del patrimonio hereditario.

Documento de partición de herencia

Se le llama también cuaderno particional, donde viene la identificación de todos los interesados en la herencia, el inventario de los bienes, además de las posibles deudas del fallecido y las adjudicaciones que se hacen a cada heredero o legatario.

Liquidación de impuestos

Pese a que el plazo para la liquidación del impuesto de sucesiones y donaciones en España es de seis meses a contar desde la fecha del fallecimiento, en los cinco primeros meses puede solicitarse una prórroga por otros seis meses adicionales ante el órgano autonómico competente, en este caso la Consejería de Hacienda, pues es un tributo estatal cedido. Contamos con diferencias notables sobre las tarifas y los beneficios a nivel fiscal que son aplicables según la comunidad autónoma en la que se tribute.

No debemos olvidar el Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, que también se le llama de Plusvalía municipal. Al tributo se le liquida en el ayuntamiento del lugar en el que se encuentra cada bien inmueble adjudicado en la herencia, dependiendo la cuota de los años que hayan transcurrido desde la anterior transmisión de la propiedad y de las bonificaciones aplicables por cada municipio.

Lo mejor para quedarse tranquilos es confiar en profesionales con años de experiencia como PerezPalma Abogados. Desde aquí te deseamos suerte a la hora de pasar por todos estos trámites.

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