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Cómo devolver un billete de avión y recuperar tu dinero

Ejerce el derecho de desistimiento cuando no quieras utilizar un billete que ya habías comprado.

miércoles 22 de octubre de 2014, 11:21h

Tienes derecho a desistir de la compra de un billete de avión y recuperar el dinero que has invertido. Las cláusulas de las compañías pueden ser engañosas y abusivas. La Ley de Navegación Aérea está por encima y protege los derechos del pasajero. Si la compañía se niega a devolverte lo que te corresponde, presenta una reclamación.

   1.-  Tienes derecho a devolver el billete.

Si compras un billete de avión y no puedes o no quieres utilizarlo, tienes derecho a devolverlo y recuperar una parte del dinero. La única condición es que avises al menos 24 horas antes de la salida del vuelo. Dependiendo de la compañía, los gastos de gestión para la cancelación pueden correr de tu parte. Nunca deben ser mayores al precio del billete. En ocasiones, te pueden multar con el pago de un porcentaje que dependerá del tiempo que falte para la salida del avión. En todo caso, no pueden superar el 20% del coste del pasaje.

      2.-  Las cláusulas no siempre son legales.

Tanto si compras el billete directamente a la aerolínea como si lo haces a través de una empresa intermediaria, presta atención a las cláusulas. La Ley de Navegación Aérea establece en su artículo 95 que "el pasajero puede renunciar a su derecho a efectuar el viaje obteniendo la devolución del precio del pasaje en la parte que se determine, siempre que aquella renuncia se haga dentro del plazo que reglamentariamente se fije". En caso de conflicto, esta ley está por encima de cualquier cláusula fijada por una compañía.

Eugenio Ribón, experto de la Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (CEACCU), recomienda "no hacer mucho caso a las cláusulas porque se utilizan para disuadir de la reclamación".

      3.-  Derecho de desistimiento en vuelos de bajo coste.

Algunas empresas, dependiendo del contrato que hayas firmado, pueden descontarte los gastos de gestión para la anulación. Sin embargo, deben demostrar que la cantidad es proporcional al coste del billete.

Las aerolíneas de bajo coste suelen establecer en sus cláusulas que la sanción por gastos de gestión corresponde al 100% del precio total del billete. Aducen que al tratarse de un vuelo de tarifa reducida, con unos márgenes de beneficio muy exiguos, el viajero asume la no devolución del importe en caso de arrepentimiento.

CEACCU, sin embargo, recomienda en estos casos proponer el pago del 20% del coste del billete: "Con el solo abono de dicho 20% se hace efectivo el derecho de desistimiento y surge el derecho a la devolución del importe reclamado".

    4.-  Trámites necesarios para la reclamación.

Lo primero que debes hacer para recuperar tu dinero es comunicar a la compañía tu intención de anular el billete. Una vez hecho esto, espera la respuesta y guarda el intercambio de correos electrónicos. Si la empresa se niega a devolverte el dinero, envía un burofax con la petición de resolver amistosametne el conflicto. El trámite es el siguiente:

- Si todavía no has solicitado la devolución, házlo a través de un correo electrónico señalando los días que han pasado desde su adquisición. Por ejemplo: "solicito la devolución del precio del billete dentro del tercer día de la adquisición de los mismos".

- Guarda la respuesta de la compañía o empresa vendedora en la que se niega a la devolución del importe.

- Envía un burofax, con acuse de recibo, por el que haces requerimiento amistoso de la devolución del importe de los billetes.

Tendrás que aportar una fotocopia de todos estos procedimientos si presentas una reclamación en el juzgado.

      5.-  Vuelos regulares y gastos de gestión.

Además del artículo 95 de la Ley de la Navegación Aérea, el viajero de un vuelo regular está protegido por el Real Decreto 2047/1981, de 20 de agosto. Esta norma, en los artículo 1 y 2, establece que el derecho de desistimiento "no debe irrogar gastos para quien lo ejerce".

Si bien, añade, "en aquellos casos en que la cancelación de la plaza realmente ocasione un perjuicio a la compañía aérea, prefija como importe de la cancelación el 20% del precio del billete". El único requisito que se establece es que la anulación sea notificada al menos con 24 horas de antelación.

      6.-  Vuelos internacionales.

Actualmente, no existe una normativa que regule el derecho de desistimiento en la contratación de un vuelo internacional con una compañía extranjera. Sin embargo, se considera que esta laguna tiene que ser resuelta por la ley nacional correspondiente. En el caso español, se aplicaría el artículo 95 de la Ley de Navegación Aérea.

   7.-  Penalización en viajes combinados.

Si el vuelo ha sido contratado a través de una agencia de viajes y forma parte de un viaje combinado, las condiciones de cancelación son diferentes. El Centro de Estudios de Consumo de la Universidad de Castilla-La Mancha destaca la aplicación en estos casos del artículo 160 del Real Decreto Legislativo 1/2007.

Según establece esta norma "el consumidor y usuario podrá dejar sin efecto los servicios solicitados o contratados, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiese abonado, pero deberá indemnizar al organizador o detallista". Estas cuantías, sin contar los gastos de gestión y anulación, que también serán abonados por el usuario, son las siguientes:

- Penalización del 5% del importe total del vuelo si la cancelación se produce con más de 10 y menos de 15 días de antelación a la fecha del comienzo del viaje.

- Penalización del 15% si la cancelación se produce con más de 3 y menos de 10 días antelación a la fecha del comienzo del viaje.

- Penalización del 25% dentro de las 48 horas anteriores a la salida.

En todo caso, los viajes combinados pueden estar sujetos a condiciones económicas especialess. Para más información, te recomendamos consultar el practicograma sobre 'Cómo son tus derechos si contratas un viaje combinado".

  8.-  Ejemplos de reclamación.

CEACCU dispone en su página web de varios modelos de reclamación que te pueden servir de guía. Reúne la documentación descrita en los pasos anteriores, rellena el formulario ajustándolo al caso concreto y preséntalo en el juzgado de lo mercantil que te corresponda.

   9.- ¿Quieres más información?

Si quieres más información, te recomendamos visitar la categoría de Reclamaciones, donde podrás consultar 'Cómo reclamar a una aerolínea por daños morales', 'Cómo reclamar ante la cancelación de un vuelo' o 'Cómo reclamar si pierdes una conexión entre dos vuelos'.

Fuente la informacion. com - por: Virtudes Sánchez

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