Según lo previsto en la Orden 399/2020, de 9 de mayo, se limita a la mitad el número de mesas permitidas, de acuerdo con la licencia municipal, respecto al año inmediatamente anterior, con el objetivo de poder de esta forma garantizarse el mantenimiento de la debida distancia física de, al menos, dos metros entre mesas o agrupaciones de mesas.
Los locales podrán solicitar al Ayuntamiento de Santa Cruz la ampliación de la superficie destinada a terraza, respetándose, en todo caso, que el incremento de mesas cumpla con la proporción del 50% entre mesas y superficie disponible, con el consiguiente incremento proporcional del espacio peatonal en el mismo tramo de la vía pública en el que se ubique la terraza.
De acuerdo con las medidas actualmente vigentes, se permite un máximo de 10 personas por mesa o agrupaciones de mesas, respetándose la distancia mínima de seguridad interpersonal y han de garantizarse las adecuadas medidas de higiene y/o prevención.
Los establecimientos deberán proceder a la limpieza y desinfección del equipamiento entre un cliente y otro. Asimismo, deberán elegirse mantelerías de un solo uso si es posible, y si no lo es deberá evitarse el uso de la misma mantelería con distintos clientes. .
Finalmente, se indica que se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras u otros utensilios similares y que los elementos auxiliares del servicio, como la vajilla, cristalería, cubertería o mantelería, entre otros, se almacenarán en recintos cerrados y, si esto no fuera posible, lejos de zonas de paso de clientes y trabajadores.