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Sistemas de Control en las fronteras de la Unión Europea

miércoles 22 de octubre de 2014, 11:21h

El pasado 5 de septiembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado la habilitación del Aeropuerto de San Sebastián (Guipúzcoa) como paso fronterizo, convirtiéndose en frontera exterior Schengen para el acceso o la salida de personas y sus equipajes desde España o para entrar en territorio español.

 

Hace dos meses, ocurrió lo mismo con otro aeropuerto español, el de Badajoz, que tras 7 años volvió a abrirse como puesto fronterizo para vuelos de todo el mundo.

Un puesto de control de fronteras es un lugar entre varios países donde se inspeccionan viajeros y mercancías.

Suelen tener una doble finalidad: Evitar la entrada de personas no autorizadas o que no cumplen los requisitos legalmente previstos y Evitar la entrada de mercancías ilegales o que están sujetas a restricciones.

España tiene habilitados estos puestos en todas sus fronteras y en los aeropuertos y puertos principales. 

Las fronteras son: Portugal, Andorra, Francia, Gibraltar y Marruecos (incluyendo aquí, Ceuta, Melilla y el Peñón de Vélez de la Gomera)

 

En la mayoría de los países de la Unión Europea se aplican las mismas normas de control  a las personas extracomunitarias.

No comparten esta normativa 2 países de la UE: Irlanda y Reino Unido.

Los sistemas más utilizados de CONTROL en todos los puestos fronterizos de la UE son principalmente:

- SIS: Sistema de Información Schengen: Es una base de datos compartida con información sobre personas y objetos de interés de los países de la UE. Su objetivo es contribuir a la cooperación policial y judicial, gestionar los controles en las fronteras exteriores y mantener la seguridad pública.

Los países de la UE (excepto Irlanda y Reino Unido)  pueden crear entradas en la base, llamadas «alertas», sobre personas desaparecidas, personas buscadas para su extradición o arresto y personas que se buscan en relación con asuntos penales o amenazas a la seguridad pública. También pueden crear alertas sobre personas que no estén autorizadas a entrar o residir en la UE ó bienes que embargar o utilizar en procesos penales.

Al atravesar una frontera exterior dentro de la UE, los controles de inmigración pueden comprobar automáticamente si la persona es una alerta de este sistema.

- VIS: Sistema de Información de Visados: Esta base de datos también es compartida y tiene información sobre todas las personas que solicitan visados de corta duración para visitar o atravesar el espacio europeo de circulación sin fronteras, el espacio Schengen. El VIS permite que los países de la UE intercambien datos sobre las peticiones de visados de corta duración y sobre las decisiones de denegación, ampliación, anulación o retirada de visados. Al presentar el visado de corta duración a las autoridades fronterizas del primer país Schengen donde quiera entrar el viajero, sus datos pueden ser cruzados  automáticamente en esta base.

- EURODAC:  Se utiliza para las entradas ilegales en cualquier país de la UE. El control de inmigración, si el viajero ha sido detenido, tendrá sus huellas dactilares en esta base de datos por un tiempo de dos años.

Al obtener un permiso de residencia o la ciudadanía de un país de la UE o abandonar definitivamente la UE, los datos se eliminarán inmediatamente.

Isabel López Ramos - Abogada.  

[email protected]

 

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