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Nuevo Convenio entre España y Senegal

miércoles 22 de octubre de 2014, 11:21h

Desde hace poco más de dos meses, existe un Convenio entre los Reinos de España y Senegal sobre el traslado de personas condenadas por algún delito en territorio español. Bajo este acuerdo, los condenados en España podrán cumplir las penas de prisión en establecimientos penales en Senegal.

Para ello, es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:

- El condenado debe ser nacional de ese Estado al que va a ser trasladado.

- La Sentencia ha de ser firme.

- La duración de la condena tendrá una duración mínima de 6 meses.

- El condenado debe consentir el traslado.

- Los actos que dieron lugar a la condena deben estar tipificados como conducta penal en su país.

- El Estado de condena y el de cumplimiento deberán estar de acuerdo en el traslado.

 

¿Qué ocurre en la comisión de infracciones no intencionales?

El Convenio recoge estos casos de detención la obligación de ambos Estados de adoptar medidas de control judicial o fianza que permita la puesta en libertad del interesado.

Consulados.

A este respecto, las autoridades de cada Estado informarán al Cónsul de la detención o encarcelación; y siempre que el interesado no se oponga expresamente, podrá ser visitado por el Cónsul tan pronto como sea posible, en un plazo máximo de 8 dias desde su detención.

Asimismo, los Cónsules serán informados de las comunicaciones de los hechos en los que se basa la detención y las disposiciones legales a aplicar.

Condena.

El penado continuará su cumplimiento de acuerdo con las normas del Estado donde se vaya a realizar. En ningún caso puede modificarse la duración de la pena o medida de seguridad impuesta en el país de la condena, exceptuando los caso de indulto, amnistía o conmutación, siempre que los dos Estados estén de acuerdo.

Lenguas y non bis in ídem.

Todas las comunicaciones del traslado se realizarán en la lengua nacional del país al que vayan dirigidas.

Si un penado es trasladado para la realización de esa condena, no podrá ser de nuevo juzgado por el mismo delito en el Estado donde va a cumplirla, aunque sí podrán revisar las Sentencias a efectos de cualquier recurso que pueda plantearse.

Isabel López Ramos – Abogada - [email protected]

 

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