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La clave en la decisión del Supremo: ¿Hay indicios de que Casado sabía que el máster era un regalo?
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La clave en la decisión del Supremo: ¿Hay indicios de que Casado sabía que el máster era un regalo?

  • El político pudo cometer prevaricación en grado de cooperación al matricularse en un curso a sabiendas que lo completaría con privilegios
  • La magistrada Rodríguez-Medel defiende que además incurrió en cohecho impropio porque el máster le ha reportado beneficios

jueves 13 de septiembre de 2018, 12:59h

13AEP18 – MADRID.- La jueza ha imputado a tres alumnos en la situación de Casado; el Supremo decidirá si actúa igual con el presidente del PP o archiva sin escucharle. El futuro de Pablo Casado en el Tribunal Supremo depende de si los magistrados ven indicios de que el hoy presidente del PP era consciente de que el máster en la Universidad Rey Juan Carlos fue un regalo por su posición política cuando era diputado en la Asamblea de Madrid.

Lo que los jueces del alto tribunal deben determinar es si con su matriculación y los trámites administrativos posteriores Casado cooperó en la comisión de un delito de prevaricación administrativa por el que se investiga a los funcionarios que le aprobaron el grado pese a las múltiples irregularidades detectadas.

En lenguaje jurídico, lo que deberá decidir la Sala de Admisión del Supremo es si existen indicios suficientes para abrir una investigación a Casado como autor de un delito de prevaricación, en grado de cooperador, y por otro conexo de cohecho impropio, por haberse beneficiado de la dádiva, esto es, del título de máster en Derecho Autonómico y Local de la universidad pública Rey Juan Carlos.

La prevaricación administrativa, que le atribuye la jueza de Madrid que envió una exposición razonada al Tribunal Supremo -el único competente para investigar a Casado por su condición de aforado al ser diputado nacional-, es un delito “especial” que, en principio, solo puede ser cometido por autoridad o funcionario público. El debate jurídico se centra en la posible responsabilidad penal de aquel que se beneficia de la resolución injusta.

“Terreno pantanoso”, según el término utilizado este miércoles por un experimentado fiscal con décadas en la carrera. Ocurre, por ejemplo, en el caso del empresario que acude a un concurso público amañado para beneficiarlo.

La jueza que investiga el caso del máster y ha imputado a compañeros de Casado que aprobaron en las mismas circunstancias, Carmen Rodríguez-Medel, no tiene dudas acerca de que hay indicios suficientes de que Casado actuó “en concierto” con el director del Instituto de Derecho Público, Enrique Álvarez-Conde, el principal imputado en la causa, y los tres profesores que le pusieron un sobresaliente en cada una de las únicas cuatro asignaturas que no le fueron convalidadas, de las 22 que tenía el máster.

Para la magistrada “no es posible deslindar” los hechos que le imputa a Álvarez-Conde, y a otros tres profesores, de los atribuíbles a los alumnos que se beneficiaron de la actividad de los funcionarios públicos. De hecho, la jueza ha tomado declaración como investigados a esos otros tres alumnos y si no lo ha hecho con Casado es porque, como diputado, está aforado ante el Supremo. “Estos alumnos (Casado y los otros tres) actúan con una simultaneidad en sus solicitudes de convalidación, mediante formatos idénticos en algunos casos, y obtienen unos mismos resultados. Todo ello refleja un concierto”, afirma la jueza en su exposición razonada.

En la misma exposición razonada, la magistrada señala todos los indicios que apuntan a que Casado conocía que estaba siendo privilegiado y que se aprovechó de ello. Por ejemplo, el folleto publicitario que conserva el propio Casado y en el que se dice que el máster era “presencial”. Al entonces diputado regional y presidente de Nuevas Generaciones no le pareció extraño que él no tuviera que ir a clase, como tampoco fueron los otros alumnos imputados, según defiende.

Ni siquiera está claro que Casado elaborara los cuatro trabajos con los que sacó otros tantos sobresalientes y que, entre todos, suman 92 páginas. El presidente del PP enseñó su carátula a la prensa, pero no los ha aportado públicamente. Y eso es algo que, en opinión de la jueza, el Supremo debe requerirle al abrir una investigación.

En la rueda de prensa que ofreció Casado, y que la jueza ha incorporado a la causa, el político se describe en el curso 2008/09 como “sólo un estudiante anónimo, veinteañero”, recoge la exposición de la jueza. La Guardia Civil, por orden de la magistrada, redactó un informe en el que constata que Casado era entonces diputado en la Asamblea de Madrid y presidente de las juventudes del Partido Popular en Madrid, formación que, por otra parte, gobernaba la Comunidad de Madrid, donde se ubica la Universidad Rey Juan Carlos.

Margarita Bonet es profesora titular de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Barcelona y ha leído con detenimiento la exposición razonada de la magistrada Rodríguez-Medel. “Lo que tienen que dilucidar los magistrados del Supremo para iniciar una investigación es, en primer lugar, si hay indicios suficientes de que se ha cometido una resolución injusta [la concesión del máster a Casado] y, en segundo, si hay indicios de que sabía que se iba a beneficiar de esa resolución injusta”, resume a preguntas de eldiario.es.

Bonet considera indispensable que se le pregunte a Casado y que se le requiera la documentación necesaria, esto es, que el Supremo admita la exposición razonada de la jueza de Madrid y abra una investigación.

"Consolidada jurisprudencia"

La jueza del caso máster, Carmen Rodríguez-Medel, cree que el Supremo ya se ha pronunciado en el pasado de acuerdo a su tesis y que, por tanto, hay “consolidada jurisprudencia” al respecto. La magistrada se detiene a citar dos fallos de otros tantos miembros de la Sala de lo Penal, Antonio del Moral y Andrés Martínez Arrieta.

En el caso del primero se trata de una sentencia de hace apenas unas semanas. “Para ser cooperador de un delito de prevaricación no hace falta saber derecho administrativo; ni es necesario ser especialista en regulación de empresas públicas. Basta ser consciente de que se está participando en una decisión arbitraria (…) Lo que es una resolución arbitraria lo entiende cualquier hombre medio”, escribió Del Moral.

Por su parte, la sentencia de Martínez Arrieta se refiere a la compra de un inmueble de propiedad municipal por parte de unos empresarios en un concurso sin publicidad y otras irregularidades. El fallo considera que la adquisición del inmueble es la “aportación al fraude” de los empresarios “a través de una apariencia de legalidad”. “Esta Sala de forma reiterada tiene declarado que el sujeto que no es funcionario público (extraneus) puede ser partícipe en un delito de prevaricación cometida por funcionario (intraneus) ya sea en la condición de inductor o de cooperador necesario”, dice esa sentencia.

Además de la prevaricación administrativa, la magistrada imputa al presidente del Partido Popular el delito de cohecho impropio, castigado con cinco años en el momento de los hechos y prescrito si se analiza como un único delito. Sucede que la magistrada Rodríguez-Medel considera que el cohecho impropio está conectado en este caso al de prevaricación, penado de siete a diez años, y aún atribuible a Casado.

La titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid concluye que ambos delitos están conectados porque hay indicios suficientes de que el político se benefició del máster, esto es, cometió cohecho impropio, como demuestra que lo incluyera en su currículum.

La decisión de Sala de Admisión para aforados del Tribunal Supremo, prevista para las próximas semanas, puede tener consecuencias directas en la instrucción de la jueza de Madrid. Si los magistrados del Alto Tribunal consideran que no hay indicios de prevaricación administrativa y cohecho impropio, fuentes jurídicas sostienen que la instructora deberá archivar de inmediato la causa contra los otros tres alumnos beneficiados por ser próximos al Partido Popular o la Universidad y que no están aforados.

Informe de la Fiscalía

En los próximos días, la Sala de Admisión dará traslado a la Fiscalía del Tribunal Supremo de la exposición razonada para que emita informe. Una de las secciones de esa Fiscalía recibirá el asunto por turno de reparto interno y uno de sus miembros redactará el informe.

Cabe la posibilidad, informan fuentes fiscales, de que el teniente fiscal, Luis Navajas, considere el asunto de especial complejidad y asuma en persona el informe, previa consulta o no con la Fiscalía General del Estado. También cabe que la fiscala general, María José Segarra, imponga un criterio y que éste sea asumido por los fiscales del Supremo. O que éstos no estén de acuerdo, pidan la orden por escrito y que se convoca la Junta de Fiscales. El entorno de Segarra descarta que la fiscala general vaya a tomar una decisión unilateral.

La decisión final corresponderá a la Sala de Admisión para aforados cuya composición publicó el BOE el pasado enero. Al frente, el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, acompañado de los también conservadores Pablo Llarena, Francisco Monterde y Miguel Colmenero, y la progresista Ana Ferrer.

Pedro Águeda

Eldiario.es

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