Publicar en un periódico una foto sacada de Facebook de alguien sin su permiso cuesta 15.000 euros. Así lo dicta el Tribunal Supremo, que exige a La Opinión de Zamora que indemnice al hombre del que publicó una imagen en su edición papel que ilustraba una noticia de la que era protagonista. El diario nunca le preguntó si podía coger la instantánea de su muro y la publicó sin su consentimiento. El afectado denunció entonces al periódico al considerar que dañaba su imagen.
El Supremo también ha condenado al medio castellanoleonés a no volver a publicar la foto en ningún soporte y a retirarla de cuantos ejemplares se hallen en sus archivos. Exactamente, la noticia trataba de un suceso ocurrido en julio del 2013 donde el demandante fue herido por su hermano con un arma de fuego. Este, después, se suicidó.
"Que en la cuenta abierta en una red social en Internet, el titular del perfil haya 'subido' una fotografía suya que sea accesible al público en general, no autoriza a un tercero a reproducirla en un medio de comunicación sin el consentimiento del titular", afirma el Supremo. El sentido común nos dice que nuestras fotos no deberían ser de nadie más, así lo recoge Facebook incluso en sus Condiciones del Servicio, pero Mark Zuckerberg se guarda un as en la manga.
Este diario se ha intentado poner en contacto con La Opinión de Zamora y con Facebook, aunque sin éxito.
Tus vacaciones no son (solo) tuyas
Las fotos y vídeos que publicamos en la red social también son del CEO de Facebook. Al crear un perfil otorgamos "una licencia no exclusiva, transferible, con posibilidad de ser subotorgada, libre de regalías y aplicable globalmente para utilizar cualquier contenido de IP [Propiedad Intelectual] que publiques en Facebook o en conexión con Facebook (licencia de PI)". En otras palabras: nuestro idílico viaje a Saint Tropez no es solo nuestro. Lo dice Zuckerberg tan solo un párrafo después de asegurarnos que somos los propietarios de "todo el contenido y la información" que publicamos en la red social.
Según el Supremo, La Opinión de Zamora, al utilizar la imagen del demandante sin pedirle permiso antes, vulneró su derecho al honor y dañó su imagen. Y es que la existencia de una fotografía en una red social, a pesar de que tenga carácter público, no constituye el "consentimiento expreso" del que habla el artículo 2.2 de la Ley Orgánica 1/1982 (de protección de derecho al honor y la propia imagen). Es la primera vez que el Supremo legisla que los medios de comunicación no puedan utilizar una fotografía del Facebook de alguien sin pedir antes su consentimiento. De lo contrario incurrirán en un delito de intromisión ilegítima, como le ha ocurrido al diario castellanoleonés.
Al crearnos una cuenta en Facebook permitimos a toda la Red ver las fotografías que publicamos: en primer lugar a nuestros amigos en la red social, en segundo lugar a los amigos de esos amigos y, en tercer lugar, a todos aquellos que acceden a nuestro perfil en Facebook a través de una búsqueda en Google, por ejemplo. Esas serían las terceras partes de las que habla Facebook en las Condiciones del Servicio y en las que también entran las empresas con las que comparten nuestros datos. Sin embargo, nadie en la red puede publicar ninguna de nuestras fotografías sin nuestro consentimiento.
"El consentimiento del titular de la imagen para que el público en general, o un determinado número de personas, pueda ver su fotografía en un blog o en una cuenta abierta en la web de una red social no conlleva la autorización para hacer uso de esa fotografía y publicarla o divulgarla de una forma distinta", explica el Supremo. A su vez, el órgano de justicia asegura que "el titular de la cuenta no puede formular reclamación contra la empresa que presta los servicios de la plataforma electrónica donde opera la red social porque un tercero haya accedido a esa fotografía cuyo acceso, valga la redundancia, era público".
David Sarabia
eldiario.es
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