Habrá recibido la carta de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, o una del Colegio de Abogados. Lo que debe hacer para que le designen un abogado y para que se pueda interponer el recurso contencioso-administrativo contra la denegación, es reunir la documentación que le piden en la carta (certificado de empadronamiento, certificación de Hacienda de no tener ingresos, certificación de la Seguridad Social sobre la cotización…) y presentarla cuanto antes.
Debe tener en cuenta que en caso de no hacerlo, no se le designará abogado y no se recurrirá la denegación. Es más papeleo, pero más vale cumplir para conseguir el objetivo: recurrir la denegación de la autorización de residencia.
¿Es importante tener un abogado en los procedimientos administrativos? Pues sí, sin duda alguna. El abogado está pendiente de los plazos, conoce la última normativa, sabe qué motivos alegar y cómo presentarlos para evitar que el extranjero sea expulsado. Si a pesar de sus esfuerzos el expediente acaba en la expulsión, habrá que acudir a los tribunales, y eso sólo se puede hacer con abogado, y qué mejor que un abogado que ya conoce el caso.
Adriana de RuiterAbogada[email protected]