Durante el tiempo que el ciudadano extranjero permanece en el CIE, se presenta su expulsión del territorio español. Si pasado el tiempo marcado por la ley, esa expulsión no se ha hecho efectiva, la persona internada será puesta en libertad.
Un internamiento sólo puede ser decretado por un Juez, así, las personas detenidas por la Policía Nacional que han solicitado plaza en el CIE, pasan a disposición judicial antes de ser o no ingresadas en el mismo.
Las visitas a estos internos son todos los días del año, dividiéndose los horarios entre los letrados que les asisten y familiares y amigos; exceptuando los notarios, que podrán personarse en el CIE a cualquier hora del día.
Para los letrados, el horario es de 10 a 13 horas y 19:30 a 22horas.
Para los familiares y amigos, el horario es de 15h a 19:30 horas.
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(*) Isabel López Ramos es abogada. [email protected]