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Instituto Nacional de Seguridad Social de Las Palmas / ALEJANDRO RAMOS
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Instituto Nacional de Seguridad Social de Las Palmas / ALEJANDRO RAMOS

Destapado un fraude laboral que implica al director del Instituto de la Seguridad Social en Las Palmas

martes 03 de enero de 2017, 01:53h

03ENE17.- La Inspección de Trabajo cree que el alto cargo participó en una trama para simular una relación laboral con el objetivo de que su pareja pudiera obtener de forma indebida prestaciones por desempleo e incapacidad temporal. Su mujer fue contratada por la empresa familiar de una de sus subordinadas en el INSS para "crear la apariencia de una relación laboral válida y eficaz".

La Inspección de Trabajo ha destapado un fraude para la obtención de prestaciones por desempleo e incapacidad temporal en el que aparecen implicados el director del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en la provincia de Las Palmas, Jorge Hernando, y una jefa de sección del mismo departamento, María Pilar Barrionuevo. Esta última era además socia mayoritaria de la empresa de hostelería que simuló una relación laboral con la beneficiaria de la trama, María Atala Alonso, mujer de Hernando. El director del INSS de Las Palmas habría asumido el coste de la contratación de su pareja haciéndose cargo de los pagos de las cotizaciones a la Seguridad Social.

La Fiscalía Provincial de Las Palmas recibió la denuncia de la Inspección de Trabajo la pasada semana y ya ha incoado diligencias de investigación, según ha confirmado a Canarias Ahora su portavoz.

A pesar de no disponer de experiencia profesional en el sector, Alonso fue contratada a jornada completa en enero de 2014 por Ecume 6.6 Sociedad Civil Particular (SCP), la empresa familiar de Barrionuevo, subordinada de su marido en el INSS y reconocida amiga del mismo, con un salario que excedía el establecido en el convenio colectivo de hostelería y que superaba con creces el del resto de empleados. La base de cotización quedó fijada en 1.722,81 euros pese a que la de sus compañeros no llegaba a los 750. Además, la cifra se incrementó hasta los 2.033,73 euros en el último mes.

El 16 de mayo de ese mismo año, cuando aún no había cumplido cuatro meses en la empresa, causó baja por un accidente ocurrido fuera del centro de trabajo. El 24, ocho días después, obtuvo la prestación por incapacidad temporal, por la que acabaría cobrando 19.757,61 euros hasta noviembre de 2015. Un día antes, el 23, fue despedida. Gracias a los 122 días cotizados en Ecume 6.6 SCP a través de la simulación de la relación laboral, obtuvo dos meses más de la prestación por desempleo a la que ya tenía derecho por su trabajo anterior. En diferentes periodos, percibió por este concepto un total de 13.091,13 euros.

En el curso de la investigación, quedó demostrado que la mujer del director del INSS de Las Palmas apenas acudía unas horas al centro del trabajo y no todos los días, que no tenía ninguna responsabilidad dentro de la empresa que justificara sus elevados emolumentos y que no había constancia de que percibiera los salarios. La Inspección de Trabajo asevera que la empresa y la supuesta empleada sólo pretendían crear la apariencia de una relación laboral válida y eficaz para que Alonso obtuviera las prestaciones a las que no habría tenido derecho de no haberse producido ese periodo de alta y cotización en la Seguridad Social.

Un pago de 7.400 euros con las iniciales JHS

En sus conclusiones, la Inspección de Trabajo considera relevante el hecho de que Jorge Hernando, director provincial del INSS en Las Palmas y marido de la beneficiaria, pagara 7.400 euros a su compañera María Pilar Barrionuevo después de que esta despidiera a su mujer. El pago se fraccionó en cuatro ingresos en dos cuentas corrientes y se realizó con la propia tarjeta de Barrionuevo "para ocultar su origen y en clara connivencia con la misma", ya que quedó demostrado que el dinero no procedía de ninguna de las cuentas de la actual jefa de sección del INSS ni de ingresos derivados de su negocio familiar. Además, las iniciales con las que se identifican esos cuatros ingresos, JHS, coinciden con el nombre del marido de la trabajadora, lo que acredita que el coste de la contratación "no fue asumido por Ecume 6.6 Sociedad Civil Particular (SCP), sino por el entorno familiar de la supuesta empleada".

Esta tesis se ve reforzada con el testimonio de una trabajadora de la empresa que aseguró que María Atala Alonso le había reconocido que había sido contratada porque le faltaban dos meses de cotización para obtener una ayuda, que tenía entendido que su marido había puesto dinero en ese negocio y que era él quien se encargaba de pagar su cotización a la Seguridad Social. Preguntada por estas declaraciones, la mujer del director del INSS no desmintió el contenido de la información y se limitó a precisar que había sido su compañera quien le había preguntado "porque el hermano de la dueña (también socio de la empresa) se lo debió comentar".

La Inspección de Trabajo descarta que esos ingresos se pudieran corresponder con la devolución de un supuesto préstamo de la funcionaria y empresaria Barrionuevo a su jefe y amigo Hernando, como defendían ambos, porque considera acreditado que esa operación nunca existió. A la subinspectora que firma el informe le llama la atención además que la trabajadora no impugnara un despido disciplinario por bajo rendimiento sin preaviso y mientras estaba de baja médica.

El director del INSS de Las Palmas ya había participado en asuntos relacionados con el negocio familiar de su compañera de trabajo, afianzando un crédito de 45.000 euros solicitado por Barrionuevo para financiar el montaje y los gastos del local y asesorándola sobre las condiciones de alquiler. El propio Hernando reconoció estos extremos y los justificó afirmando que es abogado y que dispone de experiencia en el sector, porque su familia regenta negocios de hostelería.

Contradicciones

En el transcurso de una investigación que la subinspectora califica de "compleja" y plagada de obstrucciones por parte de la empresa y de la supuesta empleada, afloraron numerosas contradicciones, empezando por las divergencias entre la fecha del alta laboral (22 de enero de 2014) y el contrato de trabajo indefinido, elaborado a partir de un modelo aprobado en marzo de ese mismo año, es decir, dos meses después.

Por otra parte, la jefa de sección del INSS y dueña del negocio se sorprendió cuando se enteró de que su hermano y socio había afirmado que Alonso figuraba contratada a jornada completa. Una empleada de Ecume 6.6 SCP sostuvo que en ningún momento coincidió con una trabajadora llamada María Atala, mientras que otra manifestó que la investigada sólo iba al local uno o dos días a la semana y pocas horas, aunque en el último periodo de contratación si acudía con más frecuencia.

Tampoco se pusieron de acuerdo a la hora de definir las labores que supuestamente desempeñaba dentro de la empresa. La trabajadora afirmó que sólo se dedicó a organizar "cuatro o cinco eventos" (fiestas, exposiciones de cuadros y cumpleaños) y que su única tarea consistía en contactar por teléfono con conocidos para publicitar el negocio, por lo que carecía de pruebas de su actividad. La dueña aseguró que la había contratado para "reflotar el negocio" porque traía "muchos clientes" y que ello justificaba su alto sueldo, una aseveración que se contradice "con la mala situación económica que atravesaba la empresa" y con la versión de su socio y hermano, que señaló que trabajaba como camarera. Además no existe constancia de ningún pago de salario.

La Inspección de Trabajo finaliza su escrito de conclusiones pidiendo a la Tesorería General de la Seguridad Social que anule el movimiento de alta de la trabajadora. Tanto ella como la empresa tienen abierto un procedimiento sancionador.

Fuentes oficiales del Ministerio de Empleo y Seguridad Social han explicado a este periódico que se encuentran a la espera de disponer del acta de infracción definitiva para adoptar "las medidas disciplinarias oportunas" sobre los dos trabajadores del INSS implicados en la trama.



Iván Suárez
- Las Palmas de Gran Canaria

eldiario.es

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