Asesoría Jurídica

Renovar el arraigo familiar

Miércoles 22 de octubre de 2014

Los permisos que se concedieron inicialmente en base al Arraigo Familiar son después difícilmente renovables a su caducidad. El motivo principal es que la Administración toma como Modificación y no como Renovación este tipo de trámites.



La tarjeta inicial de arraigo por circunstancias excepcionales por motivos familiares pasa a ser una autorización de residencia y trabajo inicial, que se modifica en base al artículo 202 del Reglamento y que establece la obligación de haber cotizado en Seguridad Social y contar con un contrato de trabajo.

Para las personas que obtuvieron su autorización y no cumplen estos requisitos, la renovación es prácticamente imposible y quedan en situación irregular de nuevo.

Formas de solucionarlo: Antes de solicitar la renovación-modificación, hay que contar con un contrato de trabajo si quiere que junto a su residencia aparezca la autorización para trabajar.

Otra opción es renovar este permiso de residencia pero sin autorización para trabajar. Para ello hay que acreditar percibir unos ingresos en torno a los 2.000 euros mensuales.

¿Y las personas que no pueden modificar ni renovar?

Este es el gran problema actual, porque si no trabajaron ni cotizaron y obtuvieron el arraigo por tener hijo español, por ejemplo, caerán en la irregularidad. Como en tantos casos, formar un buen expediente y presentarlo ante Delegación de Gobierno es clave para no tener una denegación.

Isabel López Ramos (Abogada) - info@todavie.com