Sociedad

Ni mil palabras más

"La Cueva del Lobo”

La enrevesada sentencia de la Audiencia de Badajoz cumple su objetivo.

Ignacio Vasallo | Jueves 16 de julio de 2026

16JUL26 – MADRID.- Un amigo mío gaditano solía terminar las conversaciones, una vez que las cosas quedaban claras, con un rotundo: «Pues ni mil palabras más». Era su manera de establecer que todo lo importante ya se había dicho y que cualquier añadido solo serviría para enredar lo evidente.



Estoy seguro de que los magistrados de la Audiencia de Badajoz que acaban de dictar una controvertida sentencia no conocían a mi amigo. Por eso, han redactado un fallo de 377 páginas. Son unas 115.000 palabras. El equivalente aproximado a 170 artículos de opinión como este .

Nada más empezar a leer el documento, recordé una anécdota de comienzos del siglo pasado: un conocido director argentino devolvía a sus redactores los textos sencillos, claros y comprensibles con una orden tajante: «Oscurézcalo, que si se entiende nos meten en la cárcel». El hombre buscaba, mediante la confusión y el rodeo, evadir la censura oficial del gobierno de turno.

Durante las dictaduras que asolaron España posteriormente, muchos periodistas aprendieron esa lección de supervivencia. Publicaban artículos crípticos y complejos que solo comprendían quienes estaban en la pomada política. Como suele decirse en Italia, los artículos de fondo de los periódicos no se leían, se interpretaban.

Eso es lo que ocurre con esta famosa sentencia. Utiliza la jerga leguleya para levantar una barrera invisible entre los redactores del fallo y los ciudadanos. El lector medio desiste de inmediato ante semejante farándula legal y no tiene más remedio que quedar en manos de los traductores. Estos intermediarios —que por definición son siempre tradittori, — terminan traduciendo los hechos a la opinión pública aplicando su correspondiente sesgo cognitivo, según el medio para el que trabajen.

A pesar mi experiencia personal, este texto me resulta incomprensible. Soy licenciado en Derecho, he superado dos oposiciones a cuerpos de élite de la Administración del Estado y acumulo casi cincuenta años de servicio activo en puestos de alta responsabilidad pública. Me he enfrentado a lo largo de mi carrera a numerosos recursos relativos a nombramientos que siempre se han resuelto por vía administrativa. Pues bien, jamás había visto algo semejante.

Soy incapaz de descifrar la sustancia de la resolución. No logro entender cómo se puede condenar por prevaricación administrativa a alguien que no es funcionario ni ostenta cargo público alguno, en abierta contradicción con lo que señala la literalidad de la ley.

Para sortear este obstáculo legal y justificar la decisión, el tribunal recurre a una pirueta doctrinal y aplica la extraña teoría del extraneus: es decir, la figura del cooperador necesario . Conviene recordar que este complejo concepto fue introducido en el proceso por la acción particular ejercida por el Partido Popular con un objetivo político, cuando solicitó la modificación del objeto del supuesto delito, por el que se acusaba a los ahora condenados. Estamos, por tanto, ante una figura impulsada por motivos políticos. Sin embargo, tras asumir esa tesis, los firmantes de la sentencia y por supuesto el propio partido popular pretende hacernos creer que la resolución no es política.

Recomiendo a los señores magistrados la lectura de una articulo del economista Tim Harford publicado recientemente en el Financial Times en el que pide a los expertos de cualquier campo que se nos expliquen las cosas como si tuviéramos diez años . Es una clara exageración para recordarnos que lo que a veces parece sencillo para unos es incomprensible para los demás.

Todo en esta sentencia resulta tan confuso y enrevesado que han sido necesarias 115.000 palabras para intentar explicarlo. Quizás, precisamente, el objetivo real de tal volumen de texto fuera evitar que los pocos ciudadanos que habrían podido comprender el caso llegaran a entenderlo realmente. Se olvidan de que el articulo 117 de la constitución señala que la justicia emana del pueblo, pero, claro en ninguna parte esta escrito que los interpretes de la justicia deban esforzarse para que ese mismo pueblo pueda entender lo que ellos escriben.

Por todo esto, he decidido dar un consejo a mi amigo gaditano. Le he recomendado que, a partir de ahora, cuando note que una conversación llega a su término y quiera asegurarse de que nadie intente aclarar lo que ya está perfectamente claro, remate el diálogo diciendo con ironía: «¡Pues ni ciento quince mil palabras más!»