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OPINION

Las mujeres inmigrantes sufren mayor acoso laboral

Por parte de sus empleadores y lo padecen en mayor medida que el resto de trabajadores

miércoles 22 de octubre de 2014, 11:21h

La palabra MOBBING deriva del verbo inglés "to mob" y fue introducida por Konrad Lorenz para referirse al comportamiento agresivo de algunas especies de pájaros contra sus semejantes.

El pasado día 8 de marzo se celebró el “Día Internacional de la Mujer Trabajadora” fecha que reconoce y celebra el pleno ingreso de la mujer al mercado laboral. Este ingreso de la mujer a una parcela que tradicionalmente ha sido dominado por los hombres ha traído consigo una serie de situaciones y consecuencias que hasta hace algunos años, eran desconocidas y una de ellas, -acaso la más grave-, es el llamado “acoso laboral o mobbing” que según ha ido pasando el tiempo, se ha disparado como consecuencia del temor larvado de muchos hombres a verse sobrepasado en un terreno más.

Sin embargo, el acoso laboral o “mobbing” que un principio –hace ahora alrededor de 40 años que por primera vez se pensó en ello- se interpretó como una “reacción natural” del hombre (jefe o compañero de trabajo) que veía amenazada su hegemonía en este campo, ha ido con el tiempo perfeccionándose y hoy mismo alcanza prácticamente a todos los ámbitos e incluye tanto a hombres como mujeres ya que el “mobbing” no sólo se ejerce en el trabajo sino que alcanza cualquier otra parcela donde haya jefes, subordinados y compañeros/as de labores.

En este artículo, nos ocuparemos de manera monográfica del acoso laboral al cual se ven abocadas las trabajadoras inmigrantes por su condición de mujer agravada por su calidad de extranjera.

El psicólogo alemán Heinz Leymann, en 1986, fue la primera persona que estudió el mobbing como violencia psicológica en el sitio de trabajo y como causante de "patologías" describiendo en un libro las consecuencias de esta práctica abusiva, en especial en la esfera psíquica de las personas expuestas a un comportamiento hostil y prolongado por parte de sus superiores o de sus compañeros de trabajo,

Según la Unión Europea, -y desde el año 2001-, la definición de “mobbing”, "Es aquel comportamiento negativo entre compañeros de trabajo o entre superiores o inferiores jerárquicos a causa del cual el afectado es objeto de acoso....".

La actual crisis económica que vive España ha disparado los casos de acoso en el trabajo hasta el punto que gran parte de las demandas laborales señalan como origen de estas causas judiciales, el acoso psicológico en lugar de trabajo. Las cifras manejadas por los expertos señalan que hasta un 45% de las demandas que se presentan a las autoridades del caso, tienen su origen en problemas de acoso laboral en el lugar del trabajo y dentro de este contexto, las personas más vulnerables a sufrir este tipo de “mobbing”, -y según estudios del Ministerio de Igualdad-, son las mujeres ya que un 65% de los casos presentados corresponden a mujeres y en especial, el de las mujeres embarazadas, ya que el embarazo en una trabajadora supone en muchos casos una discriminación que suele culminar con el despido.

En el caso de las trabajadoras inmigrantes y en el caso de las que proceden de Latinoamérica, el porcentaje de mujeres se eleva al 56%, característica esta última, que agrega un elemento más al “mobbing” que sufren las mujeres trabajadoras en diferentes ámbitos laborales: Dentro de éstos, el servicio doméstico, -en especial el llamado de “las internas”- merece una mención especial ya que es en éste, donde la presión y acoso laboral se ejerce de manera casi “invisible” en los prolongados horarios de trabajo, la limitación de los días de salida cuando no, una estrecha vigilancia de la alimentación, uso de aparatos eléctricos y/o restricciones en el uso de facilidades de la vivienda tales como calefacción o uso de ventiladores dependiendo de la estación del año.

Esta realidad que vive en especial la mujer inmigrante trabajadora, requeriría por parte de las autoridades abordar la situación no sólo desde el estricto punto de los derechos y beneficios laborales sino que sería necesario atenderlo desde la óptica de los derechos humanos, la justicia social y la igualdad de género ya que es indudable que la mujer inmigrante trabajadora sufre una doble discriminación: por ser mujer e inmigrante a la vez.

Es un hecho que el sector laboral que mayor número de trabajadoras inmigrantes ha absorbido, ha sido el servicio doméstico y no por falta de cualificación de las inmigrantes. Todos sabemos que abundan los casos de abogadas, enfermeras, profesoras y otras profesionales trabajando en el sector doméstico por la falta de oportunidades en otros ámbitos laborales ocupados de manera preferencial por la trabajadora autóctona que en forma creciente, se ha ido incorporando al mercado de trabajo abriendo así un espacio a las trabajadoras inmigrantes que además del servicio doméstico, cuidan niños, ancianos, enfermos e incluso, pasean mascotas.

Todo esto ha generado una fuerte corriente de trabajo remunerado a la baja, con salarios menores a los que percibiría un nativo en las mismas condiciones, con horarios de trabajo excesivos, sin contrato y sin alta en la seguridad social no siendo infrecuente que los gastos de la cotización a la seguridad social vayan a cargo a la propia trabajadora quién debe “canjear” el contrato asumiendo el costo de la respectiva cotización lo que constituye una forma más de acoso laboral y “mobbing” en toda su extensión por parte de su empleador/ra.

Además del acoso laboral y “mobbing” en el servicio doméstico, también suele darse éste cuando la trabajadora inmigrante desarrolla su trabajo en sectores de mayor calificación y se produce como una reacción “en contra de la inmigrante” tanto por parte de sus jefes como en algunas ocasiones, del resto de sus compañeros situación que podría estar motivada por el deseo de no dar paso a una extranjera” que –eventualmente-, pudiera acumular mayores responsabilidades que sobrepasaran a sus iguales pero, de origen nativo.

Una sutil forma de “mobbing” puede ejercerse por parte de los responsables y encargados sin caer en falta simplemente con asignar a la inmigrante, las labores más pesadas o de menor responsabilidad, en los lugares menos confortables del área de trabajo y/o los horarios más complicados o no manteniéndola debidamente actualizada en la información que facilite y/o mejore su rendimiento laboral. Por su parte, los compañeros de trabajo pueden ejercer como elemento de presión, el aislamiento y en casos extremos, la adjudicación de fallos o errores no cometidos en realidad por la trabajadora extranjera como una manera de hacerle aparecer ante los responsables del servicio como poco eficiente o descuidada en sus obligaciones.

En ocasiones, la situación puede tornarse violenta sobre todo si concurre el acoso sexual o las sugerencias relativas a permitir éste, como una manera de mejorar las condiciones laborales. Las ONG’s que atienden la problemática de las trabajadoras inmigrantes reciben de manera frecuente éstas y otras quejas relativas al trato déspota y desconsiderado, humillante en ocasiones, al que se ven expuestas muchas trabajadoras inmigrantes por su doble condición de mujer y extranjera.

Todas estas circunstancias permiten que muchas trabajadoras sufran estrés laboral que complica por extensión, su vida familiar y personal porque la necesidad de conservar el empleo impide muchas veces la denuncia de estos casos situación que siendo conocida tanto por empleadores y compañeros de trabajo, ayuda al mantenimiento de estas reprobables conductas sociales que en ocasiones, rozan una conducta cuasi-delictual ya que aunque infrecuentes, se han dado casos de personas que no resistiendo estas prácticas repetidas día a día y por un largo tiempo, han sido causa de enfermedades sicológicas (depresión, anorexia, bulimia, insomnio, crisis de ansiedad) además de la baja en el rendimiento laboral situaciones que unidas y en algún caso aislado, han derivado en suicidio.

Independientemente de lo anterior, el “mobbing” resulta particularmente repugnante porque en muchas ocasiones es indetectable porque las conductas de acoso por parte de jefes o compañeros tienen siempre un componente de clandestinidad y tácita complicidad entre quienes participan de ésta deleznable práctica ya que en la mayoría de los casos, la víctima del acoso aunque decidida a denunciarla, no podrá reunir pruebas suficientes ni contar con el apoyo de compañeros dispuestos a respaldar sus quejas ya que el “mobbing” es fundamentalmente artero, cobarde, clandestino y en la mayoría de los casos es la sublimación paranoide de las frustraciones personales y profesionales de quien o quienes lo ejercen. Detrás de un “acosador laboral” se esconde siempre, un personaje frustrado y pletórico de las condiciones más ingratas que caracterizan a una persona de corta estatura mental y ética.

En ocasión y consonancia con la recién pasada celebración del “Día Internacional de la Mujer Trabajadora” me gustaría exhortar a todos los trabajadores y trabajadoras, a erradicar ésta horrible práctica del “mobbing” que hace más ingrata si cabe, la –en ocasiones- difícil vida que soportamos día a día para ganarnos el sustento.

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