El PSOE interpuso un recurso contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Madrid que aceptó la lista de la candidata del PP, Isabel Díaz Ayuso. Los socialistas consideraban que ambos serían «inelegibles» por haberse empadronado en la Comunidad de Madrid fuera de plazo.
En su recurso, los socialistas destacaban que «la condición de elector y elegible, no se habría producido, no sólo no antes del 1 de enero sino una vez convocadas las elecciones después del 11 de marzo».
Según el PSOE, «el mero cambio de residencia después del cierre del censo no tiene efecto alguno para revestir a los candidatos de la condición de elector ni de elegible».
En contra de la Junta Electoral
La decisión judicial se produce pese a que la Junta Electoral de Madrid había avalado esta semana la la candidatura del Partido Popular para las elecciones del 4 de mayo.
En la denuncia ante la Junta Electoral, el PSOE exponía que la condición de empadronamiento en un municipio de la Comunidad de Madrid, que otorga la vecindad madrileña, y, por tanto, la condición de elector y elegible, «no se habría producido».
«Hasta el 17 de marzo de 2021 Cantó era vecino y residente de la Comunidad Valenciana, y como tal elector y elegible en la misma, hasta tal punto que era representante público de los electores valencianos en la Cortes autonómicas», destacaban los socialistas en su denuncia ante la Junta Electoral.