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CECU: Recomendaciones útiles a la hora de comprar Lotería
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CECU: Recomendaciones útiles a la hora de comprar Lotería

  • Si estas navidades, o en cualquier otro momento, van a comprar lotería, te damos algunos #CECUConsejos para que puedas cobrar tu premio sin problemas.
  • Enviado por José Antonio Sierra

domingo 09 de diciembre de 2018, 12:08h

09DIC18 – MADRID.-Lo primero que debes tener en cuenta es que un décimo de lotería es un documento de cobro al portador, es decir, que cualquiera que tenga su posesión podrá reclamar el premio sin tener que acreditar su propiedad. Por eso es muy importante que lo tengas a buen recaudo, para evitar que pueda caer en manos ajenas, pero también para evitar que se pierda o se estropee ya que eso podría dificultar el cobro del premio.

Una vez celebrado el sorteo, revisen todos tus números lo antes posible ya que el plazo máximo para reclamar el cobro de los premios es de tres meses.

Si el premio es inferior a mil euros, premios Menores, debe cobrarse en cualquier punto de venta. Si el importe oscila entre mil y cinco mil euros, premios Intermedios, podrá cobrarse en los puntos de venta, en las entidades bancarias designadas por Loterías y Apestas del Estado (LAE) o en las Delegaciones Comerciales de esta, a partir del día siguiente. Si es superior, premios Mayores, solo podrá reclamarse en las entidades bancarias designadas por LAE, sin que puedan estas puedan cobrar ninguna comisión, o en las Delegaciones Comerciales de LAE, excepto los premios de apuestas por soporte magnético (AS M), AD243, menores de 40.000 euros.

No obstante, recuerda que toda transacción superior a 2.500 euros no podrá realizarse en efectivo.

¿Qué hacer si comparto lotería?

Nunca se sabe que puede pasar por la cabeza de alguien cuando de repente tiene miles de euros entre sus manos; por eso, es importante que dejar constancia documental de las personas que participan de un décimo, en qué porcentaje y quien es el depositario del mismo.

Esto (acreditar la titularidad compartida) también es importante a efectos fiscales ya que la Agencia Tributaria, a la hora de repartir el premio, puede entender que se trata de una donación y reclamarnos el pago del impuesto de donaciones, para lo cual tendríamos que acreditar que éramos participantes del premio y que no hay donación sino reparto mismo.

¿Cómo podemos hacerlo?

A través de cualquier medio válido en derecho: fotografías, documento notarial, documento privado, medios digitales, etc. Una forma sencilla y económica, teniendo en cuenta que mucha gente comparte varios décimos con distintas personas, es hacer fotocopias del décimo compartido (una por participante) indicando quiénes participan del número, en qué proporción y quién es el depositario. Las fotocopias deben ir firmadas por todos los participantes.

Esto también es importante en caso de perder el décimo o que este haya sido robado ya que es una prueba de indicios sobre la existencia del mismo y nuestra titularidad.

¿Cuánto se queda Hacienda?

Esta cuestión nos asalta inmediatamente tras constatar que hemos sido agraciados.

La retención de Hacienda es del 20% del premio a partir de los primeros 2.500 euros. Es decir, si nos tocan 100.000 euros, la tributación sería sobre los 97.500 euros restantes. Cuando recibimos el premio por parte de Loterías y Apuestas del Estado, ya nos lo entregan con la retención hecha. Si el premio es compartido, la exención de los primeros 2.500 euros se repartirá entre cada premiado en función de su participación. El cobrador deberá acreditar la titularidad del resto de participantes, a los que se les retendrá en función de su participación, debiendo recibir la proporción del premio que les corresponda de la parte neta.

En los sucesivos años no se tributará por el importe del premio, pero sí por los rendimientos que este nos genere, por ejemplo, los intereses de un depósito.

¿Qué pasa si pierdo o me roban el número?

Lo primero que debes hacer es acudir inmediatamente a la Policía, Guardia Civil o Juzgado de Guardia para denunciar el robo o la pérdida del décimo, aportando toda la documentación que con la que cuentes (fotocopias, fotografías, documentos notariales, mensajes de Whatsapp, SMS, correos electrónicos, etc.). Esta documentación aporta indicios sobre la existencia y titularidad del número perdido o robado.

Tras la denuncia debes notificar el hecho a Loterías y Apuestas del Estado, aportando la denuncia.

Si el premio es Mayor (superior a 5.000 euros), puedes solicitar en el juzgado que se ordene la suspensión del pago. En este caso, debes indicar necesariamente el número de billete y el de orden de la fracción o fracciones, la serie y la fecha del sorteo del billete en litigio. Por eso es importante hacer copias o fotografías del número.

El Tribunal Supremo, en su Sentencia de 2 de diciembre de 1987, ha admitido que "...cuando aparece totalmente acreditada la adquisición del décimo premiado, su extravío y el que nadie haya percibido el importe del premio a aquél correspondiente dentro del plazo señalado para ello...", procede el pago del premio incluso pese a la falta de presentación física del billete agraciado.

Por su parte, la Audiencia Provincial de Lugo ratificó una sentencia del Juzgado de lo Penal n. 2 de Lugo y obligó a una vecina a devolver un premio de lotería al haber acreditado la legítima propietaria su propiedad. La propiedad se acreditó a partir de una prueba caligráfica que determinó que se intentó borrar el nombre de la propietaria que esta misma había escrito en el décimo.

Décimo roto o deteriorado

Si el décimo se ha roto o deteriorado, no intentes repararlo. Tal y como se encuentre preséntalo en Loterías y Apuestas del Estado para que sea sometido al reconocimiento oficial. LAE intentará autenticarlo y, si no es posible, lo remitirá a la Fábrica de Moneda y Timbre, donde se fabrican los números, para que verifiquen su veracidad y, en su caso, autoricen el pago.

Si fuese denegado el pago, en el plazo de un mes el portador podrás reclamar ante la Dirección General de Ordenación del Juego y, en su caso, acudir a los tribunales de justicia.

La Audiencia Nacional resolvió que LAE debía abonar un premio de 96.000 a una persona que había roto de forma involuntaria un décimo premiado tras haber acreditado que había adquirido el número premiado.

Compra de lotería en internet

Hay que ser cauteloso con la compra de décimos de lotería en internet. Como siempre, debemos verificar la seguridad de la web -la dirección debe comenzar por htpps://-, y la identidad del vendedor (datos, dirección postal, forma de contacto, etc.).

Existen varias formas de adquirir décimos de lotería a través de internet:

1.- A través de la página web de Loterías y Apuestas del Estado. En esta web se adquiere el número y LAE remite un resguardo de la compra, no se adquiere el décimo físico. Es el sistema más seguro puesto que queda registrado directamente en la web de LAE a nombre del comprador.

2.- Comprarlo a una Administración de Loterías determinada a través de su página web. En este caso sí se adquiere el décimo físico.

3.- Adquirir el décimo a través de una web que actúa como intermediario y que permite comprar décimos en cualquier Administración de Loterías de España, o de las administraciones con las que colaboran. En este caso también estamos adquiriendo el décimo físico.

Recomendamos que se revise las condiciones de compra de cada web para saber exactamente cómo se gestiona la compra, el envío del décimo y el cobro del premio.

A la hora de adquirir un décimo de lotería compruebe que éste tenga el sello de la administración en la parte trasera; respecto a la parte delantera deben de estar presentes el código de identificación y todos los datos del número, serie y fracción y precio correspondientes.

La web de LAE te permite encontrar en qué administración se venden determinados números.

http://www.loteriasyapuestas.es/es/red-comercial

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