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Porque las menores se dedicaban a la prostitución

Absolvieron a brasileño acusado de violar a niñas de 12 años, porque ellas ejercían la prostitución

miércoles 22 de octubre de 2014, 11:21h
Las menores ejercían -presuntamente-, la prostitución
Las menores ejercían -presuntamente-, la prostitución

Un hecho polémico y escandaloso sucedió en Brasil, por un controvertido fallo: la Justicia de ese país absolvió a un hombre que violó a tres niñas de 12 años de edad argumentando que ellas ejercían la prostitución.

Esto causó gran revuelo y rechazo, incluso desde el Gobierno nacional de ese país, que prometieron tomar “medidas jurídicas” para anular la decisión.

La Corte justificó el fallo dictado anoche afirmando que mantener relaciones sexuales con menores de 14 años no siempre debe ser considerado como un delito de violación, tal y como afirma el Código Penal brasileño, y sostuvo que las tres niñas “ya se dedicaban a la práctica de actividades sexuales desde hace mucho tiempo”.

“Al relativizar (el delito) en base al argumento de que las niñas de 12 años ya tenían vida sexual anterior, el fallo demuestra que fueron juzgadas las víctimas, y no el acusado por la práctica de un delito“, contrapuso la ministra de la Secretaría de Derechos Humanos, María do Rosario,”esta decisión significa construir un camino de impunidad”, finalizó.

 

Polémica en Brasil por una sentencia que perdona a un acusado de violar a niñas

Consideran el fallo como 'un salvoconducto para la explotación sexual'. Una comisión del Senado brasileño se ha unido al repudio contra un fallo del Tribunal Superior de Justicia que exculpó a un acusado de violar a tres niñas de 12 años bajo la presunción de que éstas se dedicaban a la prostitución.

La comisión, de carácter pluripartidista y que investiga casos de violencia contra la mujer, se sumó así a la Secretaría de Derechos Humanos de la Presidencia de la República y a la Asociación Nacional de Procuradores de Justicia, que el miércoles también manifestaron su indignación ante el polémico fallo.

La decisión adoptada por la Tercera Sección del Supremo Tribunal de Justicia ratificó una sentencia anterior que, sobre el mismo caso, ya había dictado un juzgado de Sao Paulo, donde fue registrada la denuncia.

La defensa sostuvo que todas las relaciones fueron "consentidas" y aseguró que las tres niñas se dedicaban a la prostitución desde hacía tiempo, lo cual hasta fue ratificado ante el tribunal por la madre de una de ellas.

Sobre esa base, la jueza Maria Thereza de Assis, del Supremo Tribunal de Justicia, determinó que "las víctimas, en la época de los hechos, lamentablemente estaban lejos de ser inocentes, ingenuas, inconscientes o desinformadas respecto al sexo".

La sentencia, publicada en el portal de internet del tribunal, añade que "aunque sea inmoral y reprobable la conducta practicada por el acusado, no quedan configurados los tipos penales por los que ha sido denunciado".

Argumentos en contra de la sentencia

La senadora Ana Rita Esgario, presidenta de la comisión que se manifestó sobre el asunto, declaró a los periodistas que la decisión de la juez "niega los derechos fundamentales de los niños y los adolescentes".

En esos mismos términos se expresó la ministra de la Secretaría de Derechos Humanos de la Presidencia, Maria do Rosario Nunes, quien sostuvo que al afirmar que no hay culpa porque las niñas "tenían una vida sexual anterior y de larga data", la sentencia acaba "juzgando a la víctima y no al acusado de un crimen".

La ministra agregó que esa decisión "pudiera abrir caminos para la impunidad", por lo que discutirá alternativas para la anulación del fallo o para que el Estado apele a través de la Procuraduría General y la Abogacía General.

"Estamos indignados, pero conscientes y decididos a buscar los caminos jurídicos que caben" para remediar ese fallo, aseguró Nunes.

Sobre el caso opinó el presidente de la Asociación Nacional de Procuradores, Alexandre Caminho de Assis, quien consideró el fallo como "un salvoconducto para la explotación sexual" de menores y un "atentado" contra los esfuerzos del país por combatir con mayor firmeza la prostitución infantil.

"El tribunal presupone que una niña de 12 años está consciente de la libertad de su cuerpo y que por eso se prostituye, lo cual es absurdo", declaró Caminho de Assis.

El procurador indicó que, según una reforma del Código Penal que data del año 2009, las relaciones sexuales con menores de 14 años están expresamente prohibidas y son tipificadas como "violación de vulnerables".

El Tribunal Superior de Justicia, sin embargo, se apoyó en una decisión del Supremo Tribunal Federal, máxima corte constitucional del país, que en 1996 determinó que "la presunción de violencia en la violación de menores de 14 años es relativa".

En opinión de Caminho de Assis, el caso deberá llegar al propio Supremo Tribunal Federal, que deberá revisar su propio parecer de 1996 a fin de adaptarlo "al firme combate que la sociedad brasileña mantiene contra la prostitución de menores y el acoso sexual" a los niños y los adolescentes.

 

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