La propuesta, aprobada por sentencia emitida el 10 de enero último, consiste en devolver el 100% de sus créditos reconocidos a los pasajeros cuyos vuelos estaban programados a partir del 15 de diciembre de 2006, día del cierre de la aerolínea, y que finalmente no pudieron tomar sus vuelos.
El pago se realizará en el plazo de un año, a contar desde la firmeza de la sentencia, que debe producirse en los próximos días.
Se aclaró que no recibirán pagos los pasajeros que pudieron volar en los aviones activados por el Ministerio de Fomento, así como otros organismos e instituciones públicas o privadas nacionales o extranjeras, para hacer frente a la crisis generada por el cierre de la compañía aérea.
Al resto de acreedores (mayormente proveedores) se les aplicará un recorte de 50% en el importe adeudado con un pago de 10% del crédito resultante en el tercer año desde la firmeza de la sentencia (2015) y el resto en el quinto año (2017). Los pagos se realizarán a través de pagaré o mediante transferencia bancaria, según disponga el acreedor.
Air Madrid cesó operaciones el 15 de diciembre de 2006 ante la inminente suspensión de la licencia por parte del Ministerio de Fomento debido a supuestos problemas de seguridad. A raíz de la decisión quedaron varados más de 60 mil pasajeros en plena etapa de viajes de Navidad.
Días después, el 11 de enero de 2007, el Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid declaró el concurso de acreedores (suspensión de pagos) ante la situación de la aerolínea.
En mayo de 2011, Air Madrid recibió el apoyo mayoritario de los acreedores en su plan de pagos, que incluía devolver en un año el importe de los boletos a miles de viajeros