www.euromundoglobal.com

AERONOTICIAS: RyanAir

Declaran nula la obligación de Ryanair de imprimir la tarjeta de embarque o pagar 40 euros

Declaran nula la obligación de Ryanair de imprimir la tarjeta de embarque o pagar 40 euros

El fallo no es firme y se prevé su resolución definitiva en el TUE. Ryanair dejaría en tierra a los pasajeros que no impriman la tarjeta

miércoles 22 de octubre de 2014, 11:21h

Madrid.- El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Barcelona ha dictado una sentencia pionera que declara nula por abusiva la cláusula de Ryanair por la que obliga a los pasajeros a realizar la facturación 'online' e imprimir la tarjeta de embarque para evitar pagar 40 euros por su emisión en el aeropuerto.

"Declaro abusiva y por tanto nula, la cláusula contractual consistente en la obligación que la compañía aérea Ryanair impone al pasajero de ser éste quien lleve impresa la tarjeta de embarque para poder viajar, so pena de sufrir una penalización de 40 euros", según el fallo de la sentencia dictada el pasado 22 de diciembre.

La juez Bárbara María Córdoba concluye que Ryanair está sometida a las leyes generales internacionales, europeas y nacionales de navegación aérea y que todas ellas obligan a las compañías a expedir un billete para el pasajero. Una obligación que de forma "innegable recae sobre el transportista", afirma la sentencia.

Fuentes de Ryanair afirman que la aerolínea recurrirá la sentencia y aseguran que los pasajeros que no tengan los billetes no podrán subir al avión si se prohíbe finalmente a la compañía la impresión de las tarjetas en el aeropuerto.

Ryanair considera que la impresión de tarjeta es "un servicio de último recurso" que la compañía ofrece al pasajero para "ayudarle", pero que no está incluido en el contrato de compra del billete porque todo su servicio es 100% 'online'. Por ello, si no dispone del servicio de impresión de tarjetas de embarque en el aeropuerto, los pasajeros que no lleven la tarjeta se quedarán en tierra.

El fallo no es firme

La sentencia destaca que así lo establece el artículo 3 del Convenio de Montreal de 1999, el Reglamento 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de febrero de 2004 por el que se establecen las normas comunes sobre compensación y asistencia a pasajeros en caso de denegación de embarque, y la Ley española de navegación aérea de 1960.

La sentencia estima parcialmente la demanda presentada por el abogado y responsable de la web retrasos.net, Dan Miró, que fue penalizado por la impresión de una tarjeta de embarque de un vuelo Gerona-Girona-Alghero (Italia).

Según explicó Miró, el fallo no es firme, por lo que no obliga a Ryanair a dejar de aplicar esta cláusula, pero se espera que el conflicto acabe ante el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TSJUE). Sin embargo, los pasajeros españoles cuentan así con al primera resolución judicial a la que acogerse para pedir la devolución de los 40 euros por la impresión de la tarjeta.

 

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (19)    No(0)

+
0 comentarios
Portada | Hemeroteca | Índice temático | Sitemap News | Búsquedas | [ RSS - XML ] | Política de privacidad y cookies | Aviso Legal
EURO MUNDO GLOBAL
C/ Piedras Vivas, 1 Bajo, 28692.Villafranca del Castillo, Madrid - España :: Tlf. 91 815 46 69 Contacto
EMGCibeles.net, Soluciones Web, Gestor de Contenidos, Especializados en medios de comunicación.EditMaker 7.8