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El Gobierno prohíbe los vuelos directos entre Italia y los aeropuertos españoles hasta el 25 de marzo
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El Gobierno prohíbe los vuelos directos entre Italia y los aeropuertos españoles hasta el 25 de marzo

  • La prohibición comienza a las 00:00 horas del día 11 de marzo y finaliza a las 00:00 del 25 de este mes. Según ha informado el gestor aeroportuario Aena, cada día se operan una media de 100 vuelos desde Italia a España

miércoles 11 de marzo de 2020, 01:33h

10MAR20 – MADRID.- El Gobierno ha prohibido los vuelos de aeropuertos de Italia a España hasta el 25 de marzo, a causa de la epidemia de coronavirus, ha publicado una edición especial del Boletín Oficial del Estado (BOE). Según explica el Gobierno, la mayoría de los casos importados en España provienen del país trasalpino, especialmente afectado por la crisis sanitaria.

En virtud de esta orden, se prohíbe la realización de vuelos directos desde cualquier aeropuerto situado en Italia a cualquier aeropuerto situado en España a partir de las 00:00 horas del día 11 de marzo de 2020 y hasta las 00:00 horas del día 25 de marzo de 2020.

La prohibición no será de aplicación a las aeronaves de Estado, ni a la realización de escalas con fines no comerciales, vuelos exclusivos de carga, vuelos posicionales, humanitarios, médicos o de emergencia. Tampoco afecta a los vuelos de España a Italia, solo a los que vienen de aquel país, pues son estos los que eventualmente podrían tener un efecto de la propagación de la enfermedad en España.

La orden del Gobierno, adoptada en el Consejo de Ministros a propuesta de los ministerios de Sanidad y de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, recalca que las comunicaciones existentes entre Italia y España por vía aérea son numerosas, con un importante número de vuelos y de viajeros procedentes de las zonas afectadas.

Fuentes del Ministerio que dirige José Luis Ábalos señalan a eldiario.es que lo que espera España, al igual que otros países que ya habían adoptado esta medida como República Checa y Eslovaquia, es que la Comisión Europea "adopte una interpretación flexible y global a un problema global". Es decir, que cuando llegue el momento de dilucidar quién debe encargarse de las indemnizaciones a los pasajeros que ya habían comprado el billete, y en caso de un eventual conflicto con las compañías aéreas, todos los estados miembros remen en la misma dirección.

100 vuelos diarios

Italia representa el tercer mercado aéreo internacional por importancia para España, con más de 106.000 operaciones comerciales registradas en 2019 y alrededor de 16 millones de pasajeros, lo que supone aproximadamente un 9% de todo nuestro tráfico internacional. Según ha informado el gestor aeroportuario Aena, cada día se operan una media de 100 vuelos desde Italia a España.

"A tenor de estas cifras no es de extrañar que la gran mayoría de los casos importados en nuestro país han sido vinculados a viajeros procedentes de Italia", señala el texto del BOE, que recuerda también que Italia ha tomado medidas extraordinarias para limitar la propagación de la epidemia producida por el COVID-19 (prohibición interna de desplazamientos), pero que no han supuesto el cierre completo de los aeropuertos.

Algunas compañías, como Easyjet, Ryanair y Lufthansa ya estaban cancelando vuelos a Italia.

El BOE remarca el Convenio sobre Aviación Civil Internacional de 1944 establece en materia de prevención contra la propagación de enfermedades que los firmantes se comprometen a "tomar medidas efectivas para impedir la propagación por medio de la navegación aérea, del cólera, tifus (epidémico), viruela, fiebre amarilla, peste y cualesquiera otras enfermedades contagiosas que los Estados contratantes decidan designar oportunamente".

La norma que aplica España en este caso para proceder a la prohibición de los vuelos entre ambos países es el reglamento europeo sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la UE, que establece que "un Estado miembro podrá rehusar, limitar o imponer condiciones al ejercicio de derechos de tráfico para enfrentarse con problemas repentinos de corta duración, derivados de circunstancias imprevisibles e inevitables. Dichas medidas se ajustarán a los principios de proporcionalidad y transparencia y estarán basadas en criterios objetivos y no discriminatorios".

Marina Estévez Torreblanca

FUENTE: eldiario.es

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