Los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo ya resolvieron en la sentencia hecha pública la semana pasada que la negativa de Cantera a la autorización solicitada por el Consejo de Ministros para sacar el cadáver de Franco de la basílica decaía con ese fallo. Los jueces lo justificaron en que el religioso amparó su decisión en la oposición de los descendientes de Franco que, según el Supremo, "ni tienen capacidad de disposición absoluta o ilimitada sobre un bien de titularidad pública" y a los que "ni sus derechos a la intimidad personal y familiar y a la libertad religiosa les confieren la facultad de impedir la exhumación legalmente acordada".
El Tribunal Supremo todavía tiene pendiente resolver los últimos flecos que quedan pendientes para exhumar el cuerpo de Franco. Hace dos semanas, el Alto Tribunal ya desestimó de manera íntegra el recurso presentado por sus descendientes contra el acuerdo del Consejo de Ministros que autorizaba el traslado al cementerio de Mingorrubio, en el barrio madrileño de El Pardo. Pero todavía tiene pendiente abordar los presentados por el prior del Valle de los Caídos, la Fundación Franco y la Asociación de Defensa del Valle de los Caídos.
El Supremo resolvió en primer lugar el recurso presentado por la familia porque era el más complejo y su fallo debía incluir a dónde era trasladado el cadáver. La resolución de estos tres recursos que la Sala ha analizado es necesaria para realizar la exhumación porque su presentación conllevó la medida cautelar de suspensión de ese acuerdo. Aunque se trata de un trámite meramente formal, sin cumplimentarlo no se podía llevar a cabo el traslado de los restos.
Elena Herrera
FUENTE: eldiario.es