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Novedades en las Tarjetas de familiares comunitarios

martes 15 de septiembre de 2015, 01:28h

Durante el mes de julio se han establecido y modificado criterios de la Administración en relación con las tarjetas de residencia de los familiares de ciudadanos de la Unión Europea.

La Subdirección General de Inmigración ha puesto en conocimiento estas pautas.

Este organismo es el que se encarga de:

Coordinar los órganos periféricos de la Administración General del Estado en materia de inmigración.

Proponer las necesidades de medios e infraestructuras para la gestión de procedimientos de inmigración y la coordinación para su implantación por los órganos competentes.

Ordenar la gestión colectiva de contrataciones en origen y de los procesos de selección y contratación de trabajadores extranjeros en sus países de origen, o extranjeros documentados con visados de búsqueda de empleo.

Gestionar los procedimientos sobre autorizaciones previstas en la normativa sobre extranjería e inmigración cuya resolución corresponda a cualquier órgano superior o directivo del Departamento.

Ordenar y coordinar también las migraciones interiores.

Las novedades más sustanciosas son:

Asistencia sanitaria. La Ley de abril sobre esta materia modifica el acceso a los ciudadanos comunitarios a este servicio público, aunque los requisitos de restricción ya están contemplados en anteriores Directivas de la Unión Europea.

La Disposición Adicional 23 del Reglamento de Extranjería, para conceder tarjeta de residencia a matrimonios en fase de inscripción, también regirá para las parejas de hecho registradas o matrimonios realizados ante notario.

Los familiares comunitarios con antecedentes penales pueden solicitar su tarjeta de residencia a pesar de esta circunstancia si cumplen los demás requisitos.

Varias Sentencias recientes afirman que a los familiares de comunitarios no se les debe exigir medios de vida ni seguro médico, sólo acreditar el vínculo familiar.

Actualmente comprueban que los ciudadanos comunitarios sigan cumpliendo los requisitos después de las concesiones.

Desde el 1 de julio, Croacia tiene estatus de país de la Unión Europea, y por tanto sus ciudadanos tienen el régimen comunitario.

Para la renovación de tarjetas permanentes de comunitarios pueden solicitar algún documento que demuestre el periodo de residencia en España, por ejemplo, empadronamiento conjunto del tiempo de convivencia en territorio nacional.

Ascendientes de comunitarios: Si tras la obtención de la tarjeta se cancela el seguro médico privado y se pide asistencia sanitaria pública, el INSS lo comunicará a extranjería y podrían iniciar procedimiento de extinción de la tarjeta. Habrá que acreditar que siguen cumpliéndose los requisitos.

Isabel López Ramos - Abogada. [email protected]

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