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Denegación de Visado de Turismo a mi madre

martes 28 de abril de 2015, 00:21h

Los Consulados de España en los países de origen de las personas que quieren viajar son los encargados de tramitar el visado de estancia por turismo.

No todos los países necesitan visado para cruzar las fronteras españolas, pero entre los ciudadanos para los que sí es obligatorio se encuentran ciudadanos de Ecuador, Filipinas, Bolivia, República Dominicana, Marruecos, Guinea, Cuba o Ucrania.

Los visados deben solicitarse al amparo de una carta de invitación que el solicitante y futuro anfitrión en España tiene que formalizar ante la Policía Nacional y cumplidos los demás requisitos y valorada la solicitud, el Consulado español determina si concede o no el visado.

En los casos de denegación, a veces, la resolución que emite el Consulado es un formulario o un “no concede” sin dar más explicaciones.

Esto es objeto de recurso. La falta de Motivación es un supuesto muy grave que se comete contra la Ley de Derecho Administrativo, que es la que regula estas cuestiones de extranjería. Los actos administrativos como una denegación de visado deben estar fundamentados, es decir, las razones por las que se deniega un visado deben estar bien explicadas, y deben proporcionar al interesado los elementos que le permitan conocer por qué han tomado la decisión de denegar ese visado.

Las Sentencias de los Jueces en su mayoría tienen un criterio reiterado: Si la falta de motivación no permite conocer la justificación o los motivos de esa resolución, la persona afectada se ve privada de poder defenderse.

Así, se convierte en un vicio formal que daría lugar a la invalidez de dicho acto.

La Ley defiende que para la concesión de visados de turismo un margen de discrecionalidad, pero la Jurisprudencia advierte que esa discrecionalidad no puede servir para encubrir una resolución arbitraria, que es la que se puede sospechar si no hay una motivación de las razones por las que ese visado no ha sido concedido.

Sentencias recientes de Tribunales Superiores de Justicia están obligando a Consulados a rehacer las resoluciones para que contengan mayor información sobre el por qué de una denegación e incluso obligan a conceder visados si entienden que hubo elementos suficientes para que el Consulado lo concediese en lugar de denegarlo.

Una vez más, la protesta, el recurso legal, es el único método para evitar que una resolución denegatoria sea llevada a cabo.

Isabel López Ramos – Abogada - [email protected]

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