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Ley de Segunda Oportunidad
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Ley de Segunda Oportunidad

  • El primer paso para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es tratar de alcanzar un acuerdo extrajudicial con los acreedores.

viernes 01 de febrero de 2019, 14:56h

01FEB19 – MADRID.- Fue en el año 2015 cuando entró en vigor la Ley de Segunda Oportunidad. Se trata de un mecanismo que, tal y como su propio nombre indica, concede una segunda oportunidad en lo relativo a la reducción de la carga financiera de los autónomos. Una gran opción para pequeños empresarios y personas físicas que se encuentren en un procedimiento legal debido a que su aventura emprendedora haya fracasado y tengan varias deudas.

El primer paso para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es tratar de alcanzar un acuerdo extrajudicial con los acreedores. En este proceso, el cual es tutelado por un juez, el deudor tiene plena libertad para liquidar sus bienes y así hacer frente a las deudas vigentes. También puede pactar un calendario de pagos para afrontar dichas deudas.

Ley de Segunda Oportunidad: todo lo que debes saber

Esta Ley está diseñada para personas particulares y autónomos. Esto es una gran novedad ya que hasta hace no mucho tiempo únicamente las empresas podían disponer de un vehículo legal para poder exonerar las deudas contraídas. Por lo tanto, la Ley incluye a todas aquellas personas físicas que hayan comenzado una aventura empresarial y hayan fracasado, de modo que deben hacer frente a sus deudas con su patrimonio, tanto presente como futuro.

Hay una serie de requisitos que se deben cumplir para que el acuerdo realmente se haga efectivo. En primer lugar resulta esencial que el deudor compense a sus acreedores con la cesión de los bienes no necesarios para el desempeño de su actividad, o bien con acciones de la empresa. Y, en segundo lugar, que el emprendedor establezca un plan de viabilidad realista y alcanzable, así como un calendario de pagos para abonar las deudas.

Una vez el emprendedor solicita el concurso de acreedores voluntario, el juez tiene plena libertad para exonerar parte de las deudas bajo una serie de condiciones. Es fundamental que el juez considere que el deudor no cuenta con ningún tipo de dinero ni activos para hacer frente a sus deudas y, además, que el deudor desee obrar de buena fe.

Es importante destacar que la persona emprendedora no se libra de todas las deudas. Cuando se habla de aquellas que pueden ser exoneradas, la legislación actual establece dos excepciones. Por un lado, los créditos de derecho público. Y, por otro lado, los créditos por alimentos. Por lo tanto, aunque el deudor haga frente a las deudas privadas, con bancos o proveedores por ejemplo, seguirá teniendo deudas vigentes con las Administraciones Públicas.

Y, por último, señala que las deudas no desaparecen para siempre. Cualquier acreedor puede solicitar al juez la exoneración de deudas si en los cinco años siguientes a la admisión de la Segunda Oportunidad entiende que el deudor ha actuado de mala fe.

Para este tipo de trámites y gestiones, lo mejor es contar con los servicios de abogados gratis. Grandes profesionales del ámbito jurídico, que ofrecen soluciones personalizadas para cada caso concreto.

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