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Mariano Rajoy
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Rajoy tiene tres resquicios legales para no ir a la investidura, pese a que la Constitución le obliga

sábado 30 de julio de 2016, 04:00h

30JUL16 – MADRID.- Tres catedráticos de Derecho Constitucional explican que Rajoy podría retorcer la ley para no presentarse a la investidura pese a que el Rey le ha propuesto como candidato. Apuntan que sería un hecho insólito, que provocaría una crisis con Zarzuela, pero que nadie puede obligarle a hacer algo que no quiere.

El artículo 99.2 de la Constitución sobre la investidura es claro: "El candidato propuesto [Casa Real emitió un comunicado proponiendo al líder del PP] conforme a lo previsto en el apartado anteriorexpondrá ante el Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara". La Carta Magna, por tanto, obliga a Rajoy a presentarse a esa sesión de investidura, tal y como explica Xavier Arbós, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona.

No obstante, el Gobierno y el PP siguen sembrando dudas sobre si Rajoy va a presentarse a la investidura o la va a declinar si no logra los apoyos necesarios para sacarla adelante. Este mismo viernes, la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría ha dicho en Moncloa que " antes de la coherencia jurídica está la política y la personal".

Rajoy tendría hasta tres resquicios legales para no presentarse a esa investidura. Lainformacion.com ha recogido el parecer de tres expertos constitucionalistas. Explican que aunque la Constitución obligue al candidato propuesto por el Rey a "exponer" su programa en el Congreso, éste podría librarse de acudir a la Cámara Baja a través de estas fórmulas:

1. A ningún español se le puede obligar a ir a la investidura si no quiere

Eduardo Vírgala, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco, afirma que "en el plano jurídico a nadie se le puede obligar a ir a la investidura. Es un principio general aplicable a cualquier español".

Nadie puede ser candidato o Presidente contra su voluntad. En caso contrario estaríamos obligados a ir a investidura cual quier español

— Eduardo Vírgala (@eduardovirgala) 28 de julio de 2016

2. Rajoy podría renunciar a comparecer ante la Cámara

Cabría también la posibilidad de que el candidato propuesto renunciara a comparecer ante la Cámara. Así lo especifica Miguel Revenga en su libro 'La formación del Gobierno en la Constitución de 1978' (Madrid, 1988). En este manual se puede leer:

-- "Puede suceder que el candidato encuentre dificultades políticas imprevistas a la hora de diseñar su programa de Gobierno o para encontrar al equipo encargado de ejecutarlo. La ortodoxia constitucional la notificación en forma de renuncia".

¿Qué tendría que hacer en este caso Rajoy? Virgala asegura que tendría que comunicar a la presidenta del Congreso y al jefe del Estado que no está en condiciones de someterse a esa sesión y que renuncia.

3. No existen medios para obligar a Rajoy a que se presente a la investidura

Lo explica el propio Arbós: "Partimos de la base de que existe un candidato, que es Rajoy. Pero existe una confusión. El artículo 99.2 habla de una obligación a exponer el programa de Gobierno al candidato, sin embargo no existen medios para obligar a cumplirlo", asegura el catedrático de la Universidad de Barcelona.

No hay mecanismos para poder sancionar a un candidato si decide no ir a la investidura, añade. Y recuerda que el Rey tampoco realizó después del 20D " sucesivas propuestas" de candidatos después de que fracasara la investidura de Pedro Sánchez. Esas "sucesivas propuestas" se encuentran recogidas en la Constitución (artículo 99.4) y el jefe del Estado no las realizó.

Virgala también especifica que no existe sanción y que, por tanto, el "expondrá" del artículo 99.2 no puede ser considerado como de obligatoriedad.

Arbos alude a aplicar el " sentido común" en una situación que no tiene precedentes.

Virgili, por su parte, asegura que se está produciendo una " mutación del artículo 99 de la Constitución". Es decir, Rajoy y su equipo están interpretando que el Rey no ha propuesto a un candidato a la investidura, sino que el Rey ha propuesto a un candidato a ver si es capaz de lograr los apoyos, con el tiempo que la presidenta del Congreso considere.

FUENTE: LAINFORMACION.COM - 30/07/2016

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