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ARGENTINA

Salvajismo e impunidad: ata a un perro a su automóvil y lo arrastra hasta matarlo 

Desde Buenos Aires escribe Carlos Estrada *

miércoles 22 de octubre de 2014, 11:21h
Salvajismo e impunidad: ata a un perro a su automóvil y lo arrastra hasta matarlo 

ARGENTINA-  Según informes recibidos, en la ciudad de El Dorado, provincia de Misiones, barrio Lomas del Paraná, un hombre habría dado salvaje muerte a un perro el martes 17 de julio pasado a la tarde, despertando indignación popular.

El autor del cobarde episodio, de posible nombre Roberto Carlos Cechuk, le restó importancia al crimen saliendo al cruce con argumentos falsos a efectos de defender lo indefendible, es decir, al enterarse que su repudiable acción había sido filmada, aparentemente respondió que el animal “murió al saltar un cerco” (?), que “no quiso llevarlo en el interior de su automóvil” y que lo trasladó de esa manera para deshacerse del cuerpo.

Una testigo detalló ante cámaras de prensa el horror observado. Entre otras cosas explicó que el insensible individuo tiró el cadáver del can como si fuera una “bolsa” (de basura) en un terreno baldío. La filmación obtenida es prueba contundente del ilícito: automóvil particular de color oscuro, presunta marca Gol, chapa patente BVQ 472 arrastra a un perro tipo ovejero alemán en áspero terreno, atado desde el cuello con una correa y sujeto a un gancho en la parte trasera inferior, otra filmación muestra casas de un barrio y el automóvil en movimiento con el perro patas arriba.

Cabe preguntar: ¿dónde están los jueces penales de Misiones? ¿Vista gorda oficial ante este inexplicable crimen?  ¿Y el imperio de la ley?  ¿Y lo de servir con ética al Derecho?,  espero que no haya amiguismos de por medio ni influyentes políticos que pongan palos en la rueda (folklore nacional) buscando que triunfe la impunidad. ¿Dónde están las entidades “protectoras” de animales con personería jurídica?  Es hora que desde varios frentes proteccionistas inicien causas criminales conforme a los dictados de la vigente Ley Nacional N° 14.346  y consigan el rápido procesamiento y posterior condena firme del autor del ilícito, sin vueltas burocráticas y sin dilatarse los trámites;  habría testigos y está documentada la maniobra perversa  ¿qué otra cosa necesitan las autoridades oficiales para encarar una recta y transparente intervención? ¿hicieron la necropsia correspondiente en un centro oficial confiable y en presencia de veterinarios particulares?  

Debo decir que, por la posición de las manos delanteras, el perro se encontraba vivo en momentos de ser arrastrado, muriendo a causa de los golpes y tal vez “ayudado” por las emanaciones tóxicas del caño de escape, salvo algún pícaro demuestre lo contrario.

En un país de anarquía en aumento y justicia de despareja aplicación, con innumerables abusos de autoridad impunes (no generalizo), donde son moneda corriente las muertes violentas de niños y mujeres sin descubrirse a los autores, el crimen de un perro seguramente encontrará pocas almas sensibles dispuestas a investigar y sancionar.

Declaración Universal de los Derechos del Animal: 

Art. 1 “Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia”; Art. 2°  “Todo animal tiene derecho al respeto”; C) “Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre”; Art. 3° “Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles”; Art. 13° “Un animal muerto debe ser tratado con respeto”.

Ley Nacional N° 14.346:  Art. 1° “Será reprimido con prisión de 15 días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales”;  Art. 7°  “Lastimar o arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por solo espíritu de perversidad”.

En caso de ser un animal ajeno sugiero ver el Art. 183, Capítulo II, “DAÑOS”, en el Código Penal de la Nación.

 

Jesús dijo en defensa de los animales: “lo que le hagáis a la más pequeña de mis criaturas, me lo hacéis a mi”. 

Ruego a Dios que no tenga piedad a la hora de juzgar a los posibles canallas que permitan que este hecho quede impune.

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CARLOS ESTRADA* escritor, periodista de investigación, dedicado a actividades ecuestres, ex asesor en asuntos equinos y caninos de centros de instrucción y crianza, entendido en comportamiento, técnicas de rehabilitación y derecho internacional animal, proteccionista independiente de fauna salvaje con incautaciones de reiterados millares de especies del mercado negro. Documentada trayectoria pública desde 1970, decenas de certificaciones oficiales y científicas y máximos reconocimientos mundiales que figuran en versiones taquigráficas legislativas, innumerables cables noticiosos de AFP (décadas del '80 y '90), revistas jurídicas, varios centenares de diarios nacionales y extranjeros, revistas especializadas, libros europeos, etc.

Buenos Aires, Argentina, 23 de julio de 2012.

 

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